EFF al noveno circuito: las tiendas de aplicaciones no deberían ser responsables de procesar pagos por contenido de usuario
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EFF al noveno circuito: las tiendas de aplicaciones no deberían ser responsables de procesar pagos por contenido de usuario

Jul 01, 2023

La EFF presentó un escrito esta semana ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE. UU. argumentando que las tiendas de aplicaciones no deberían ser responsables de la expresión de los usuarios solo porque recomiendan esa expresión o procesan pagos para esos usuarios. Esas tiendas deberían estar protegidas por la Sección 230, una ley que protege la libertad de expresión de los estadounidenses en línea al proteger a los intermediarios de los que todos dependemos. Sin la inmunidad de la Sección 230 en estos contextos, las plataformas se verían obligadas a censurar el discurso de los usuarios para mitigar su exposición legal.

En realidad, se trata de tres casos consolidados en los que los demandantes demandaron a las principales tiendas de aplicaciones: Google Play, AppStore de Apple y Facebook. Los reclamos de los demandantes se relacionan con las tiendas de aplicaciones que ofrecen aplicaciones de “casino social”, donde los usuarios pueden comprar fichas de juego virtuales con dinero real pero nunca pueden retirar las fichas que ganen. Los demandantes argumentan que estas aplicaciones constituyen juegos de azar ilegales. Las tiendas de aplicaciones no sólo ofrecen y promocionan estas aplicaciones de casino social, sino que también facilitan las compras dentro de la aplicación (también llamadas microtransacciones) de fichas de juego virtuales.

Lo que está en juego en la apelación es la parte de la Sección 230 que otorga inmunidad a los sitios web, aplicaciones y servicios de Internet cuando son demandados por contenido generado por el usuario. La Sección 230 es la ley fundamental de Internet que, desde 1996, ha creado un respiro legal para que los intermediarios en línea (y sus usuarios) alojen o compartan contenido de terceros. El discurso en línea está mediado en gran medida por estas empresas privadas, lo que nos permite a todos hablar en línea, acceder a información y participar en el comercio, sin necesidad de tener mucho dinero o habilidades técnicas.

En este caso, los demandantes argumentan que la Sección 230 no debería aplicarse a las tiendas de aplicaciones para promocionar o recomendar aplicaciones de casinos sociales, ni para facilitar las compras dentro de la aplicación de fichas de juego virtuales. Tanto las aplicaciones como los chips son tipos de contenido de terceros.

El tribunal de distrito dictaminó acertadamente que la Sección 230 se aplica a la promoción o recomendación de aplicaciones de casinos sociales por parte de las tiendas de aplicaciones dentro de sus plataformas. En nuestro escrito instamos al Noveno Circuito a confirmar esta decisión. Este caso le da al tribunal otro bocado de manzana al sostener que la Sección 230 se aplica a los intermediarios en línea que recomiendan contenido creado por otros, después de que la Corte Suprema de Estados Unidos anulara su opinión en González contra Google a principios de este año.

Si las plataformas perdieran la inmunidad de la Sección 230 para recomendar contenido generado por el usuario, dejarían de ofrecer recomendaciones, perjudicando la capacidad de los usuarios para encontrar el contenido que desean. O las plataformas censurarían cualquier contenido de terceros que pudiera representar un riesgo legal si el contenido fuera incluido en los algoritmos de recomendación de las plataformas, dañando el discurso del usuario en el proceso, tanto la capacidad de compartir como de acceder al contenido.

Sin embargo, el tribunal de distrito se equivocó al dictaminar que las tiendas de aplicaciones no tienen inmunidad según la Sección 230 para facilitar la compra de fichas de juego virtuales dentro de las aplicaciones de casinos sociales. En nuestro escrito instamos al Noveno Circuito a revocar el fallo del tribunal de distrito sobre este tema. Argumentamos que una norma que exponga a los intermediarios en línea a una posible responsabilidad por facilitar una transacción financiera relacionada con contenido ilegal generado por el usuario tendría enormes implicaciones más allá de las tiendas de aplicaciones.

Los demandantes argumentan que las tiendas de aplicaciones podrían preservar su inmunidad de la Sección 230 simplemente negándose a procesar compras dentro de la aplicación. Pero prohibir el método de compra más sencillo degradaría la experiencia del usuario en las tiendas online, y no sólo en las tres grandes tiendas demandadas aquí. La posición de los demandantes no reconoce que otras plataformas no tienen esa opción. Etsy, por ejemplo, facilita la compra de arte virtual, mientras que Patreon permite a los artistas recibir apoyo mediante cuotas de “membresía”. Si plataformas como éstas perdieran la inmunidad de la Sección 230 y, por lo tanto, quedaran expuestas a una posible responsabilidad simplemente porque procesan pagos por contenido generado por el usuario, todos sus modelos de negocio se verían amenazados y, en última instancia, perjudicaría la capacidad de los usuarios para compartir y acceder a la expresión en línea.